Ley 174

Ejercer el oficio de refrigeración sin estar colegiado y licenciado constituye delito menos grave.- Debe revisar que el técnico posea licencia y carnet.

La licencia del estado debe ser renovada cada cuatro años, no es vitalicia. Debe estar al día en las cuotas . Debe poseer carné de Colegiación y Lic. del estado.

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